Según el texto del decreto, esta ley no sólo persigue la necesidad de garantizar el acceso a la información a personas con discapcidad sino también a usuarios que posean diversas configuraciones
en su equipamiento o en sus programas.
Entre los principales aspectos de esta ley se destaca que todas las dependencias del estado Nacional como así también las empresas e instituciones que reciban subsidios, donaciones o que bien tengan contratos con Estado deberán "deberán respetar en los diseños de sus páginas Web las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información que faciliten el acceso a sus contenidos, a todas las personas con discapacidad con el objeto de garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato, evitando así todo tipo de discriminación".
Por otra parte, también se establece que las compras o contratación de servicios tecnológicos en materia informática que efectúe el Estado Nacional (equipamientos, programas, capacitación, servicios técnicos) destinados a brindar servicios al público o al servicio interno de sus empleados o usuarios, tendrán que contemplar los requisitos de accesibilidad establecidos para personas con discapacidad.
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